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Cuenta atrás electoral: las fechas oficiales del 29-N, el voto por correo y los decretos pendientes

Guía electoral del 29 de noviembre: plazos para solicitar voto por correo, candidaturas y mesas, campaña y escrutinio, con referencia al BOE y a la Junta Electoral Central.

Una mujer comparece ante numerosos micrófonos y periodistas en el exterior.
Comparecencia ante los medios de comunicación en una imagen de archivo; no corresponde a la jornada electoral del 29 de noviembre.
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HALLAZGOS PRINCIPALES

  • Las generales serán el 29 de noviembre. Detallamos los plazos para presentar candidaturas, campaña, voto por correo y escrutinio, además de las decisiones parlamentarias pendientes.

QUÉ SABEMOS

  • Las generales serán el 29 de noviembre. Detallamos los plazos para presentar candidaturas, campaña, voto por correo y escrutinio, además de las decisiones parlamentarias pendientes.

QUÉ NO SABEMOS

  • Posibles cambios posteriores y documentos originales pendientes de contraste.

La convocatoria de elecciones generales para el 29 de noviembre de 2026 pone en marcha un calendario administrativo de plazos que afectan a candidatos, electores, partidos e instituciones. La referencia principal debe ser el decreto de convocatoria publicado en el Boletín Oficial del Estado y las instrucciones de la Junta Electoral Central. Las fechas que siguen corresponden a las recogidas en la cobertura del calendario electoral publicada esta semana y deben comprobarse nuevamente ante eventuales resoluciones.

Hasta el 19 de noviembre: solicitud del voto por correo

La solicitud del voto por correo está abierta desde el 6 de octubre y, según el calendario difundido, termina el 19 de noviembre. Solicitar el voto no equivale a haberlo depositado. Son pasos distintos con fechas y controles propios.

El electorado debe seguir las instrucciones oficiales y confirmar sus condiciones particulares, especialmente si reside fuera de España. El régimen del voto desde el extranjero no se debe mezclar sin matices con la modalidad de correo de residentes en territorio nacional.

Entre el 21 y el 26 de octubre: presentación de candidaturas

Las candidaturas podrán presentarse en esas fechas y se prevé su proclamación el 2 de noviembre. Los anuncios públicos de partidos, las negociaciones entre coaliciones y los procedimientos internos no equivalen automáticamente al registro legal de una lista.

Una formación puede comunicar una propuesta de cabeza de lista antes de completar sus trámites. Por ello, nuestras noticias electorales deberán distinguir «propuesto», «designado» y «proclamado».

Las mesas electorales

El sorteo de los integrantes de las mesas está previsto entre el 31 de octubre y el 3 de noviembre, con notificaciones posteriores. La participación en una mesa constituye un deber público regulado y existen causas legalmente previstas para presentar excusas. El elector deberá consultar su comunicación y los plazos oficiales aplicables.

La campaña y la jornada de reflexión

La campaña comenzará el 13 de noviembre y concluirá el 27. El 28 de noviembre será jornada de reflexión y la votación tendrá lugar el domingo 29. La diferencia entre precampaña y campaña formal es relevante para las normas de propaganda, medios públicos y utilización de recursos institucionales.

Las reclamaciones por posible uso electoral de actos gubernamentales se resuelven mediante procedimientos concretos. Una denuncia no acredita por sí sola una infracción.

El 25 de noviembre: depósito del voto por correo

El plazo de depósito recogido en el calendario consultado concluye el 25 de noviembre. Conviene evitar mensajes genéricos que digan que todo el proceso postal finaliza el mismo día: hay trámites separados de solicitud, recepción y remisión del sufragio.

El escrutinio general

El inicio del escrutinio general está previsto para el 2 de diciembre. Los resultados difundidos durante la noche electoral tienen carácter provisional. El escrutinio oficial se organiza conforme a la normativa electoral y al trabajo de las juntas competentes.

La eventual presencia de empresas tecnológicas en la transmisión de resultados provisionales no sustituye los procedimientos legales de recuento y verificación de actas.

Los decretos pendientes

La Diputación Permanente y las comisiones o procedimientos que correspondan deberán abordar las iniciativas que legalmente procedan durante la disolución de las Cortes. La política de vivienda sigue entre los asuntos públicos más relevantes, pero cada medida debe identificarse por su texto normativo y por su estado efectivo: anuncio, aprobación gubernamental, publicación, entrada en vigor o convalidación.

Una propuesta electoral no es una ley. Y un decreto aprobado no implica que sus efectos económicos o sociales hayan quedado comprobados.

Las cuestiones judiciales que pueden coincidir

Diversos procedimientos judiciales desarrollan diligencias durante estas semanas. Sus calendarios responden a actuaciones procesales independientes de la estrategia de los partidos. La coincidencia temporal no demuestra una intención de influir en la campaña.

Guía práctica para lectores

Antes de compartir una fecha electoral, comprobar su publicación en una fuente oficial; antes de dar por aprobada una candidatura, verificar su proclamación; antes de atribuir irregularidades al voto por correo, identificar el procedimiento y las pruebas concretas. Estas tres precauciones evitan errores frecuentes en una campaña acelerada.

Qué falta por actualizar

El calendario puede incorporar instrucciones específicas, resoluciones y plazos para electores en el extranjero. Las referencias oficiales para comprobarlos son el BOE, la Junta Electoral Central y el INE.

El 29 de noviembre es la fecha de votación. Las demás fechas regulan derechos y obligaciones diferentes y deben comunicarse sin confundirlos.

DOSSIER DE LA PIEZAACTUALIZADA
PUBLICACIÓN9 de octubre de 2026 a las 14:18
ÚLTIMA REVISIÓN9 de octubre de 2026 a las 17:50
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