CEUTA / MADRID | 20 DE OCTUBRE DE 2026. España ha modificado la manera en que su Armada responde a la presencia de embarcaciones marroquíes en el entorno marítimo de Ceuta y Melilla. La principal novedad no es la detección de buques extranjeros, capacidad que ya existía, sino el paso desde la vigilancia principalmente remota hacia una respuesta más visible y preventiva mediante patrulleros españoles que salen a su encuentro. La información fue adelantada por Marina Pina en El Mundo y explicada por Euronews el 18 de octubre. El antecedente inmediato es la tensión provocada por la presencia de buques militares de Marruecos durante la crisis fronteriza del 30 y 31 de julio.
Hay que precisar el alcance del anuncio: la prensa describe un cambio de protocolo operativo, no la aprobación pública de una nueva doctrina militar, un cambio de las reglas de enfrentamiento o una autorización general para usar la fuerza. Confundir esos conceptos alteraría gravemente la interpretación.
Del COVAM al despliegue preventivo
Hasta los incidentes de finales de julio, la detección y el seguimiento del tránsito de buques marroquíes se efectuaban principalmente desde el Centro de Operaciones y Vigilancia de Acción Marítima (COVAM). Una fuente militar citada por El Mundo resumió el cambio de actitud afirmando que la Armada ya no espera a que los buques entren para actuar. El seguimiento técnico se refuerza con la presencia de unidades que pueden aproximarse, observar, acompañar y documentar movimientos de interés.
La información de Euronews sobre el ajuste de protocolos cita los patrulleros Atalaya (P-74) e Isla de León como parte del dispositivo de vigilancia. Son unidades de distinta dimensión que contribuyen a la presencia naval; la función de cada una no equivale a un nuevo despliegue de fragatas ni a una operación de combate declarada.
La clave del giro reside en modificar la postura de reacción. Una patrulla que verifica visualmente un tránsito y mantiene contacto con otra unidad puede aportar información y disuasión antes de que surja un incidente. Eso no convierte automáticamente cualquier navegación marroquí en una infracción.
Qué ocurrió el 30 y 31 de julio
La crisis ceutí incluyó un episodio naval reconocido públicamente por el presidente Pedro Sánchez el 12 de octubre, después de la investigación publicada por El País. Buques de la Marina Real de Marruecos entraron en aguas próximas a Ceuta que España considera bajo su soberanía. Las autoridades españolas movilizaron medios navales adicionales y se produjo una interlocución de alto nivel entre responsables militares para poner fin a la tensión.
Los primeros relatos periodísticos hablaron de maniobras repetidas y de una respuesta española de disuasión. Esa reconstrucción no está sustituida por una cronología oficial pública de movimientos, rumbos, posiciones, órdenes ni comunicaciones diplomáticas. Por tanto, aunque la existencia del incidente está reconocida, la calificación exacta de cada tránsito y la eventual responsabilidad por órdenes concretas necesitan documentos adicionales.
El Ejecutivo negó posteriormente nuevas incursiones coincidentes con la visita de los Reyes a las ciudades autónomas. Esa negativa debe registrarse junto a las noticias que plantearon lo contrario, sin presentar episodios controvertidos como comprobados.
Qué es el «paso inocente» y cuándo deja de serlo
La Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CONVEMAR) regula el paso de embarcaciones extranjeras por el mar territorial de un Estado ribereño. Los artículos 17 a 19 reconocen el derecho de paso inocente y especifican que no debe perjudicar la paz, el buen orden o la seguridad del Estado costero.
En términos generales, un buque de guerra extranjero puede navegar de manera continua y expedita por aguas territoriales bajo determinadas condiciones. La sola presencia de una bandera extranjera no convierte su paso en una agresión. Sin embargo, determinadas actividades —incluidas amenazas o usos de fuerza, maniobras con armas u operaciones ajenas al tránsito— pueden hacer que el paso deje de ser inocente.
El artículo 30 contempla la exigencia a un buque de guerra de abandonar el mar territorial cuando incumple las leyes y regulaciones de paso y desoye una solicitud de cumplimiento. La respuesta del Estado costero debe respetar el derecho aplicable, proporcionalidad y sus procedimientos internos.
En Ceuta y Melilla se añade un componente político particular: Marruecos no reconoce la soberanía española sobre esas ciudades, mientras que España sostiene que son territorio nacional y ejerce las competencias correspondientes. Esa discrepancia bilateral no autoriza a deducir automáticamente que todos los tránsitos son idénticos.
No hay una orden pública de combatir
La frase «salir sin esperar una orden superior» describe una mayor autonomía de reacción en la vigilancia, según la información periodística. No se ha obtenido una instrucción pública que amplíe unilateralmente las facultades de disparo ni una revisión formal de la doctrina de las Fuerzas Armadas.
Una cosa es hacer zarpar una patrullera para identificar un movimiento, otra establecer una zona de exclusión y otra responder a un ataque. Las tres tienen presupuestos jurídicos, niveles de autorización y consecuencias diferentes. El Estándar no presentará como una decisión adoptada aquello que no consta en documentos oficiales.
Qué debería explicar el Ministerio de Defensa
Existen preguntas precisas para responsables militares y civiles: ¿qué fecha y autoridad aprobaron el nuevo procedimiento? ¿Afecta a Ceuta y Melilla de modo permanente o a determinados periodos? ¿Cómo se coordinan Armada y Guardia Civil? ¿Qué incidentes fueron objeto de protesta diplomática? ¿Qué registros de radar, bitácoras y comunicación pueden desclasificarse sin comprometer operaciones actuales?
La Audiencia Nacional ha recibido solicitudes para investigar el episodio naval y otros aspectos de la crisis de julio. Esa investigación judicial es distinta de la regulación de operaciones marítimas, pero podría aportar documentos fundamentales sobre lo ocurrido.
Consecuencias estratégicas
Para España, la presencia naval continua puede reforzar la vigilancia y hacer visible el ejercicio de sus competencias marítimas. Para Marruecos, el mayor contacto con unidades españolas puede elevar la vigilancia recíproca. Por ello, la prevención de incidentes y los mecanismos de comunicación son tan importantes como la propia presencia militar.
La pregunta de fondo es si Madrid ha definido una política previsible, medible y compatible con el derecho internacional para una zona disputada por Rabat. El cambio de patrullaje es significativo; las instrucciones exactas aún deben conocerse.
Fuentes
- Euronews, 18/10: cambio de protocolo ante el paso inocente.
- El Mundo, 19/10: informe sobre el reajuste, reproducido por Observatorio Mugak.
- El País, 12/10: Sánchez reconoce el episodio naval.
- CONVEMAR, Naciones Unidas: texto jurídico de referencia.
- EFE, 14/10: solicitud de diligencias sobre las incursiones.
Evaluación editorial: cambio operativo reportado por varias fuentes; faltan publicación oficial de la orden y registros completos de las maniobras.



