MADRID — 25 DE OCTUBRE DE 2026. El anunciado Consejo Nacional para la Prevención del Blanqueo de Capitales todavía no ha sido constituido formalmente. Una respuesta de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, divulgada por The Objective, confirma que la orden ministerial necesaria sigue en tramitación.
La ausencia del Consejo no implica que España carezca de mecanismos para combatir el blanqueo. Sí revela que una mejora institucional anunciada no se ha puesto en funcionamiento en el calendario político esperado.
Qué debía aportar el nuevo Consejo
El proyecto persigue reforzar la cooperación entre autoridades y sectores privados con obligaciones de prevención. Entre los organismos previstos figuran supervisores financieros, organismos tributarios, fuerzas de seguridad y representantes de actividades profesionales sujetas a controles.
La prevención del blanqueo depende de la detección de operaciones sospechosas y de la comunicación entre entidades financieras, profesionales obligados y autoridades competentes. Los esquemas ilícitos suelen utilizar sociedades, movimientos transfronterizos y documentación comercial compleja.
El nuevo órgano pretendía ofrecer un espacio estable de coordinación, pero la futura competencia efectiva del Consejo dependerá de la redacción definitiva y de su funcionamiento real.
La orden sigue pendiente
Según la información publicada el 25 de octubre por The Objective, la Dirección General del Tesoro señala que la disposición continúa en tramitación tras el periodo de consulta.
El borrador prevé que el Consejo se constituya en un plazo contado desde la entrada en vigor de la norma. Como todavía no ha entrado en vigor, sería inexacto presentar ese plazo como legalmente vencido; lo que sí existe es un retraso respecto al anuncio político.
Lo que ya funciona
El sistema español cuenta con la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias y con SEPBLAC, además de unidades policiales, judiciales, fiscales y tributarias con competencias específicas.
El hecho de que el nuevo foro no esté constituido no paraliza esos mecanismos. La pregunta relevante es qué mejoras prometía introducir el Consejo y si su ausencia dificulta alguna coordinación adicional.
El contexto de las redes transnacionales
Investigaciones europeas como Hermes evidencian que determinados grupos económicos investigados pueden aprovechar redes de sociedades, intermediarios y países diferentes. Los mecanismos de prevención requieren capacidad de detectar movimientos anómalos y una cooperación internacional eficaz.
El Ejecutivo deberá explicar cuándo aprobará la orden y qué recursos tendrá el nuevo órgano. La medida de su éxito será la mejora de la prevención real, no la mera existencia de una estructura administrativa adicional.
EL ESTÁNDAR — PODER. HECHOS. CONSECUENCIAS.


