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«Como no los tumbéis»: el audio de Sáenz de Tejada enviado al grupo de Leire Díez sobre el poder judicial

Una investigación periodística difunde el 19 de octubre de 2026 un audio de octubre de 2024 atribuido al exjuez Luis José Sáenz de Tejada y la respuesta escrita de Leire Díez. Qué dice y qué investiga la Audiencia Nacional.

Fachada de la sede del Consejo General del Poder Judicial en Madrid, fotografiada en junio de 2021.

Sede del Consejo General del Poder Judicial, institución mencionada en el audio difundido el 19 de octubre. Fotografía documental de archivo de 2021, no vinculada a la grabación.

Imagen: Zarateman / Wikimedia Commons · CC0 1.0Fuente: Wikimedia Commons
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HALLAZGOS PRINCIPALES

  • La fecha de grabación y la de publicación están separadas por dos años.
  • El audio se añade a filtraciones anteriores del caso Leire: audios sobre la UCO difundidos en 2025 y grabaciones posteriores examinadas en diligencias judiciales.
  • La persona que habla está identificada por la publicación como Luis José Sáenz de Tejada; el vídeo incorpora una recreación gráfica de chat.
  • La investigación judicial sobre presuntas interferencias en procedimientos continúa abierta; no hay sentencia condenatoria por estos hechos.

QUÉ SABEMOS

  • [Una investigación de Miguel Ángel Pérez, publicada el 19 de octubre de 2026](https://www.libertaddigital.com/espana/2026-10-19/el-audio-de-la-cloaca-del-psoe-conspirando-contra-el-poder-judicial-como-no-los-tumbeis-no-se-que-va-a-pasar-7469339/), difundió una grabación que atribuye a Sáenz de Tejada y la fecha el 15 de octubre de 2024.
  • El mensaje menciona al Consejo General del Poder Judicial y alude a protección institucional presunta.
  • Se ha difundido una respuesta escrita de Leire Díez dentro de la misma conversación.
  • El juez Pedraz ha citado a Sáenz de Tejada como investigado para el 28 de octubre de 2026, según EFE.

QUÉ NO SABEMOS

  • Si existe una orden política o institucional de intervenir sobre el CGPJ; el audio no lo demuestra.
  • Si el interlocutor llegó a ejecutar las medidas que reclamaba o si produjo algún resultado.
  • Si una pericia independiente o el sumario han certificado la autenticidad íntegra y el contexto de todos los fragmentos difundidos.
  • Si todos los audios difundidos en distintas fechas proceden de una misma fuente o tienen relación directa entre sí.

MADRID, 19 DE OCTUBRE DE 2026. Una grabación atribuida al exjuez Luis José Sáenz de Tejada Vallejo, difundida este lunes en una investigación periodística de Miguel Ángel Pérez, vuelve a situar en el centro de la controversia el grupo de WhatsApp en el que participaban Leire Díez y el empresario Javier Pérez Dolset. En el mensaje de voz, fechado por el medio en el 15 de octubre de 2024, Sáenz de Tejada se refiere al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), sostiene que determinados responsables se consideran protegidos por instancias superiores y reclama actuar contra ellos. La conversación incluye una contestación escrita atribuida a Díez sobre cómo trasladar información y ordenar prioridades.

La fecha importa: el audio no se ha grabado hoy. Lo nuevo del 19 de octubre de 2026 es su difusión pública y su incorporación al debate sobre una investigación judicial abierta. Tampoco puede confundirse una expresión de presión verbal de un interlocutor con una demostración de que el Gobierno o el PSOE controlaran efectivamente el órgano de gobierno de los jueces.

No es el primer audio: las filtraciones que precedieron a este mensaje

El sonido que se conoce este 19 de octubre no inaugura el caso ni constituye su primera filtración. En mayo de 2025, El Confidencial publicó grabaciones de una reunión en la que participaban Leire Díez, Javier Pérez Dolset y otras personas, en la que se abordaba la búsqueda de información comprometedora sobre el mando de la UCO Antonio Balas y miembros de la Fiscalía. Esas grabaciones provocaron un intenso debate público; algunas de las personas presentes cuestionaron que los extractos difundidos reflejaran todo el contexto. Una reconstrucción periodística del 28 de mayo de 2025 y una crónica recogió las objeciones de los participantes.

En abril de 2026, testigos que asistieron a aquella reunión comparecieron ante el juez y confirmaron que el contenido de los audios sobre la obtención de información relativa a la UCO y la Fiscalía se correspondía, en lo esencial, con lo que escucharon. Esa declaración testimonial debe distinguirse de cualquier conclusión general sobre la autenticidad de todos los audios y sobre posibles delitos. Una crónica de agencia documentó esas declaraciones el 24 de abril de 2026.

La publicación de nuevas grabaciones continuó después. En junio de 2026, Una investigación del 4 de junio de 2026 examinó audios que figuraban en el sumario judicial, incluido uno de una reunión de diciembre de 2024 en el que se hablaba de contactos en la Guardia Civil. Asimismo, en abril de 2026 se conoció que el juez había reiterado la petición de informes periciales sobre distintas grabaciones.

La cronología no debe confundirse: 2024 es el año en el que se sitúan varias conversaciones; 2025 y 2026 son años de difusión pública de distintos fragmentos y de diligencias para examinar sus circunstancias. No consta que todas esas piezas tengan un mismo origen o que se hayan grabado en una misma reunión. El mensaje ahora atribuido a Sáenz de Tejada es un episodio adicional de esa secuencia, no una prueba autosuficiente de las acusaciones formuladas por los interlocutores.

Qué se escucha en el audio

El mensaje, publicado en una investigación del periodista Miguel Ángel Pérez, comienza con el hablante describiendo supuestas irregularidades en ámbitos policiales, fiscales y judiciales. Sáenz de Tejada expresa la convicción de que determinadas personas continúan actuando porque creen tener protección institucional. En su razonamiento invoca al CGPJ y reprocha a sus interlocutores que no hayan neutralizado a quienes considera responsables. En un momento afirma: «Como no los tumbéis, no sé qué va a pasar».

Esa expresión constituye el principal gancho informativo, pero requiere lectura contextual. El exmagistrado no acredita en el audio ninguna instrucción efectiva al CGPJ ni describe una decisión de sus integrantes que resulte verificable a partir del fragmento. Formula acusaciones, inferencias y valoraciones propias. Para convertir esas afirmaciones en hechos probados harían falta documentos, testimonios corroborados y diligencias que identifiquen quién dio qué orden, cuándo y con qué resultado.

La pieza audiovisual que circula en redes presenta retratos de varias personas, una representación visual de WhatsApp y subtítulos. Esa composición es un montaje gráfico de apoyo, no imágenes de una reunión filmada ni prueba visual de que los retratados hablaran simultáneamente. El elemento documental de interés es la voz atribuida a Sáenz de Tejada, su fecha y el intercambio que la publicación sitúa en el grupo de mensajería.

La respuesta de Leire Díez y el significado del intercambio

Según los mensajes reproducidos por el diario, tras el audio Leire Díez contestó por escrito. Describió un mecanismo para transmitir información a otras personas, pidió concretar las irregularidades que se denunciaban y defendió establecer prioridades. En ese contexto planteó una alternativa entre reformar el sistema existente o instaurar uno nuevo.

La respuesta apunta a una conversación organizada sobre cómo presentar denuncias o reclamaciones y qué interlocutores podrían recibirlas. No identifica por sí sola a un destinatario con capacidad real de influir en una resolución judicial. Expresiones como transmitir, priorizar o cambiar no permiten deducir automáticamente un delito, pero pueden ser relevantes para reconstruir relaciones, intenciones y eventuales encargos dentro de una investigación penal.

El dato que debe comprobarse es si aquellas comunicaciones fueron seguidas de acciones concretas para recabar información sobre magistrados, impulsar denuncias sin fundamento, presionar a investigadores o interferir en procedimientos. Esa es una cuestión para las actuaciones de la Guardia Civil, la Fiscalía y el juzgado, no algo que resuelva por sí solo la publicación de un audio.

Quién es Luis José Sáenz de Tejada

La persona a la que se atribuye el mensaje es Luis José Sáenz de Tejada Vallejo, exintegrante de la carrera judicial y posteriormente abogado. Fue expulsado de la judicatura en 2019 tras una condena firme por violencia machista contra su expareja, según una reconstrucción documental publicada el 19 de octubre. Su trayectoria posterior incluyó numerosos cuestionamientos públicos a magistrados de Badajoz y denuncias sobre supuestas irregularidades judiciales, de las que no todas obtuvieron respaldo judicial.

Su nombre aparece en las pesquisas sobre las presuntas maniobras contra Beatriz Biedma, magistrada que investigó el procedimiento relativo a David Sánchez, hermano del presidente del Gobierno. La Audiencia Nacional examina las relaciones y actuaciones atribuidas a miembros del entorno de Leire Díez y el empresario Pérez Dolset, así como posibles iniciativas para torpedear causas que podían perjudicar a responsables socialistas o al Ejecutivo.

Conviene separar la condición de investigado de una condena. La apertura de diligencias y la citación judicial acreditan la existencia de indicios que el instructor considera necesario investigar; no permiten afirmar responsabilidad penal definitiva.

Qué ha acordado la Audiencia Nacional

El 13 de octubre, EFE informó de que el magistrado Santiago Pedraz había citado a Sáenz de Tejada como investigado por presuntos delitos de organización criminal, calumnias, coacciones y contra la integridad moral. Su comparecencia está prevista para el 28 de octubre de 2026, a las 10:30 horas. La citación forma parte del llamado caso Leire, pero no significa que esos cargos estén probados ni que el nuevo audio constituya por sí mismo una prueba suficiente para cada uno de ellos.

Paralelamente, la jueza Biedma ha denunciado supuestos seguimientos y expresó temor por su seguridad y la de su familia. El Ministerio del Interior dispuso medidas de protección para la magistrada. En la investigación aparece el testimonio de una mujer, Cintia Rocho, que atribuye al exjuez unas manifestaciones graves sobre la magistrada. Sáenz de Tejada niega ese contacto y rechaza haber promovido un ataque. Es esencial conservar ambas circunstancias en la cobertura: la gravedad de las denuncias y la falta de una resolución judicial que las declare acreditadas.

El material intervenido y las agendas citadas en distintas informaciones periodísticas alimentan sospechas sobre campañas contra la magistrada y otros investigadores. Sin embargo, probar una coordinación ilícita concreta requiere conectar los mensajes con comportamientos, autores, instrucciones y consecuencias comprobables.

La relación política: qué se puede afirmar y qué no

Leire Díez es una exmilitante socialista, según la información publicada sobre su trayectoria, y el caso ha implicado a distintas personas vinculadas al partido. Los investigadores tratan de establecer si existieron actuaciones orientadas a influir o boicotear investigaciones sobre el entorno del Gobierno. También se han mencionado relaciones con el exdirigente del PSOE Santos Cerdán.

Lo que no prueba esta grabación aislada es que Pedro Sánchez emitiera una orden para controlar el CGPJ o que un órgano judicial obedeciera instrucciones de los participantes en el chat. Cualquier atribución de responsabilidad institucional debe apoyarse en hechos propios, acreditados y contextualizados. La crítica política puede ser legítima y contundente; las afirmaciones penales, en cambio, requieren pruebas.

La credibilidad de las instituciones se ve comprometida tanto si se verifican intentos de interferencia como si las acusaciones públicas se convierten en culpabilidades anticipadas. El principio de independencia judicial exige investigar presiones reales con el mismo rigor con que se debe preservar la presunción de inocencia.

Documentación del caso Leire y antecedentes de la jueza Biedma

Este intercambio debe examinarse junto con las informaciones anteriores sobre pagos investigados y actuaciones relacionadas con la jueza Beatriz Biedma, sin presentarlas como prueba automática de una misma cadena de mando. El Estándar ya publicó una cronología de las denuncias y testimonios relacionados con Biedma y un análisis del rastro de 43.225 euros examinado en el caso Leire.

Una crónica sobre las diligencias judiciales del 14 de octubre de que el instructor rechazó parte de las diligencias pedidas por Biedma. Esta decisión, al igual que la citación anunciada el 13 de octubre, ayuda a separar las denuncias que están siendo examinadas de los hechos ya acreditados por resolución judicial.

Las líneas de investigación deben reconstruir si se produjo una actuación real a partir de cada mensaje, quién la recibió y qué relación —si la hubo— tuvo con alguno de los pagos mencionados. Los movimientos financieros y la existencia de un audio no prueban automáticamente una orden concreta del partido.

Las preguntas que siguen abiertas

Para entender el alcance del audio será decisivo comprobar la cadena de custodia de la grabación, la integridad del mensaje difundido y los interlocutores efectivos del chat. Habrá que determinar a qué responsables se refiere Sáenz de Tejada cuando habla de protección desde instancias superiores, si se transmitieron instrucciones a terceros y si los mensajes derivaron en acciones comprobables.

También será importante distinguir la investigación sobre Biedma de otras causas que aparecen alrededor del mismo grupo. Una relación personal o un intercambio de documentos no equivalen automáticamente a una orden ni a un delito; en cambio, patrones de actuaciones acreditadas, documentos originales y testimonios independientes podrían resultar relevantes para el tribunal.

La declaración del 28 de octubre constituye el próximo hito procesal conocido. Sáenz de Tejada podrá dar su versión ante el instructor, y el procedimiento deberá esclarecer si las actuaciones examinadas constituyen delitos, episodios inconexos o actividades que no superan el umbral penal.

Una grabación antigua que adquiere nuevo significado

La publicación de este lunes aporta una pieza adicional al expediente mediático y judicial. Su valor está en permitir escuchar cómo un miembro del grupo interpretaba el funcionamiento de la Justicia y qué reclamaba a sus interlocutores. La conversación también obliga a preguntar quién recibía las comunicaciones y hasta qué punto podía actuar.

La conclusión verificable es precisa: existe una grabación difundida y atribuida a Sáenz de Tejada por la investigación periodística original, fechada en 2024, y un procedimiento en la Audiencia Nacional que investiga posibles maniobras contra personas e investigaciones judiciales. El control efectivo del Poder Judicial por los interlocutores no está acreditado por ese archivo. Esa diferencia entre indicio, acusación y prueba judicial es central para interpretar correctamente el caso.

Documentación y fuentes

Nota de derechos audiovisuales: la pieza de vídeo social incorporada a este encargo reproduce un montaje de difusión ajena. No está incorporada como recurso multimedia del artículo mientras no se acredite autorización o licencia de reutilización. La imagen de cabecera propuesta es una fotografía documental distinta, de Wikimedia Commons, publicada bajo CC0.

DOSSIER DE LA PIEZAACTUALIZADA
PUBLICACIÓN19 de octubre de 2026 a las 09:00
ÚLTIMA REVISIÓN19 de octubre de 2026 a las 15:20
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