La investigación de la Audiencia Nacional sobre la crisis de Ceuta ha entrado en un terreno menos interpretable y mucho más fácil de contrastar: los registros telefónicos.
La magistrada María Tardón ha pedido al presidente de la Ciudad Autónoma, Juan Jesús Vivas, que aporte el listado de llamadas realizadas al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y a su jefe de gabinete entre los días 27 y 30 de julio.
La diligencia es relevante porque la secuencia de comunicaciones se ha convertido en uno de los puntos de fricción centrales entre Ceuta y La Moncloa. Hasta ahora existían dos relatos políticos enfrentados. A partir de ahora, parte de esa discusión puede quedar sometida a documentación objetiva.
Dos versiones que no encajan
Vivas declaró ante la jueza que intentó contactar de forma reiterada con Presidencia durante los días previos a la crisis y que solo una parte de esos intentos obtuvo respuesta efectiva. El presidente ceutí ha defendido que trasladó la gravedad de la situación y que reclamó apoyo del Estado ante una escalada que consideraba inminente.
La Moncloa respondió públicamente con una versión diferente. Según los registros difundidos por el Gobierno y recogidos por RTVE, entre los gabinetes de Ceuta y Presidencia se produjeron nueve comunicaciones entre el 27 y el 30 de julio y todas habrían sido atendidas. El Ejecutivo sostiene además que la petición de hablar directamente con Pedro Sánchez se produjo el día 30 y que esa conversación terminó realizándose.
La discrepancia no es menor. Afecta a una pregunta esencial: qué sabía cada administración, cuándo lo sabía y con qué rapidez respondió.
Del relato político a la prueba documental
La petición de Tardón cambia el carácter de la controversia. Los registros de llamadas pueden establecer horarios, números, duración y secuencia de contactos, aunque por sí solos no necesariamente revelan el contenido exacto de cada conversación.
También pueden mostrar diferencias entre una llamada directa al presidente, un contacto entre gabinetes, una llamada a un ministro o un intento de comunicación sin respuesta.
Esa distinción importa. Dos instituciones pueden describir de forma distinta una misma cadena de comunicaciones si una contabiliza intentos y otra solo llamadas efectivamente conectadas.
Por eso, el registro deberá interpretarse junto al resto de documentación y testimonios incorporados a la causa.
La investigación sobre Ceuta gana profundidad
La Audiencia Nacional ya ha escuchado a distintos responsables políticos y administrativos para reconstruir las decisiones adoptadas durante los días previos a la llegada masiva de personas a la frontera.
La instrucción también analiza cómo circularon los avisos de inteligencia y qué responsables recibieron determinada información antes de que la situación se desbordara.
En ese contexto, las llamadas entre Ceuta y Madrid no son un elemento aislado. Forman parte de una cronología mayor sobre avisos, comunicaciones, peticiones de refuerzo y decisiones operativas.
El Estándar ya ha documentado en una investigación separada la secuencia de avisos relacionada con la Delegación del Gobierno y las comunicaciones del CNI. La nueva diligencia de Tardón añade ahora otro nivel: la interlocución directa entre la Presidencia de Ceuta y el núcleo de La Moncloa.
Qué puede demostrar el listado y qué no
Un registro telefónico puede probar que una llamada se realizó, que fue recibida o que tuvo determinada duración. No puede demostrar por sí solo qué se dijo dentro de ella.
Tampoco permite concluir automáticamente que una administración actuó correctamente o de forma negligente. Para eso será necesario cruzar las llamadas con correos, mensajes, informes, reuniones, decisiones adoptadas y testimonios de quienes participaron en la gestión.
La importancia de la diligencia está precisamente en que elimina una parte de la incertidumbre factual.
Una contradicción que ya está judicializada
Hasta hace unos días, el choque entre Vivas y Moncloa podía tratarse como una controversia política. Desde el momento en que una jueza reclama documentación para verificar las versiones, el debate adquiere una dimensión procesal distinta.
Eso tampoco significa que exista una conclusión penal sobre ninguno de los responsables mencionados. La instrucción está destinada a determinar hechos y responsabilidades, si las hubiera.
El registro de llamadas será una pieza más dentro de ese trabajo.
Qué sabemos
Sabemos que Tardón ha pedido formalmente a Vivas la relación de llamadas realizadas a Pedro Sánchez y a su jefe de gabinete entre el 27 y el 30 de julio. Sabemos también que las versiones públicas de Ceuta y Moncloa difieren sobre el número, naturaleza y efectividad de esos contactos.
La Moncloa afirma que hubo nueve comunicaciones entre gabinetes y que todas fueron atendidas. Vivas ha descrito una secuencia con más intentos y una respuesta insuficiente en los momentos críticos.
Qué no sabemos
No sabemos todavía qué mostrará exactamente la documentación que entregue la Ciudad Autónoma ni si coincidirá con los registros ya divulgados por el Gobierno.
Tampoco sabemos qué interpretación hará la jueza una vez cruce esos datos con el resto de pruebas.
Lo que sí cambia desde hoy es el estándar de la discusión: la cuestión ya no depende únicamente de quién ofrece el relato más convincente. Ahora hay registros que pueden ser incorporados, contrastados y examinados judicialmente.
Fuentes consultadas
El País, RTVE y documentación de seguimiento de El Estándar, 6 de octubre de 2026.



