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El Constitucional lleva la amnistía por malversación al Supremo: la decisión que despeja el camino de Puigdemont

El TC ha notificado al Supremo la sentencia que obliga a revisar la negativa a amnistiar la malversación del procés. Cinco magistrados discrepan y acusan a la mayoría de invadir el terreno del alto tribunal.

Fachada de la sede del Tribunal Constitucional en Madrid.
Fachada del Tribunal Constitucional. El pleno ha remitido al Supremo la sentencia sobre la amnistía de la malversación del procés.Eduardo Parra / Europa Press · Europa Press
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HALLAZGOS PRINCIPALES

  • El Tribunal Constitucional ha notificado al Supremo la sentencia que ordena dictar un nuevo pronunciamiento y declarar amnistiada la malversación de Dolors Bassa.
  • La doctrina afecta directamente a la interpretación aplicada a otros dirigentes del procés, incluido Carles Puigdemont, aunque su amnistía concreta debe formalizarse judicialmente.
  • Cinco magistrados conservadores han firmado un voto discrepante y acusan a la mayoría del TC de suplantar al Supremo.

QUÉ SABEMOS

  • Pablo Llarena levantó el 6 de octubre la orden de detención contra Puigdemont.
  • El Supremo ya ha recibido el texto íntegro de la resolución y los votos particulares.
  • El TC considera excesivamente amplia la interpretación del Supremo sobre el enriquecimiento patrimonial como excepción a la amnistía.

QUÉ NO SABEMOS

  • El calendario exacto en el que el Supremo dictará sus nuevos pronunciamientos.
  • La fecha de un eventual regreso de Puigdemont a España.

El Tribunal Constitucional ha colocado este miércoles la pelota formalmente en el tejado del Tribunal Supremo.

La corte de garantías ha notificado al alto tribunal la sentencia que corrige su interpretación de la ley de amnistía en materia de malversación de caudales públicos y que le obliga a dictar un nuevo pronunciamiento sobre la exconsejera Dolors Bassa. El razonamiento jurídico va mucho más allá de ese caso: afecta al núcleo que mantenía abierta la situación penal de varios dirigentes del procés y, de manera especial, al futuro inmediato de Carles Puigdemont.

La decisión llega en un momento políticamente explosivo: un día después de que el juez Pablo Llarena levantara la orden de detención contra el expresidente catalán y en plena cuenta atrás hacia las elecciones generales del 29 de noviembre.

Pero conviene precisar el alcance.

El Constitucional no ha dictado una absolución general ni ha cerrado automáticamente todas las causas. Lo que ha hecho es anular la interpretación con la que el Supremo venía rechazando la amnistía de la malversación y ordenar que se vuelva a resolver conforme al criterio constitucional.

La discusión sobre el “enriquecimiento”

El punto jurídico decisivo es la excepción de la ley de amnistía para aquellos supuestos en los que exista un propósito de obtener un enriquecimiento personal de carácter patrimonial.

El Supremo había interpretado esa excepción de forma amplia. Su tesis era que determinados gastos públicos realizados para financiar el procés podían producir un beneficio patrimonial indirecto para quienes promovieron aquellas actuaciones, al evitarles tener que sufragar personalmente esos costes.

El Constitucional considera que ese razonamiento ensancha demasiado la excepción.

Según la mayoría del pleno, el concepto de enriquecimiento personal debe interpretarse de manera autónoma y restrictiva: no basta con el beneficio que es inherente a cualquier malversación. La excepción debe servir para separar las conductas vinculadas a la financiación del proceso independentista de supuestos de corrupción privada en los que el dinero público acaba convirtiéndose en una ventaja patrimonial personal ajena a ese objetivo político.

Esa diferencia técnica es la que cambia el tablero.

Bassa primero; después, el resto

La sentencia se refiere directamente al recurso de Dolors Bassa, condenada por el Supremo.

El TC declara nulos los autos que le negaron la amnistía y ordena retrotraer las actuaciones para que la Sala de lo Penal emita una nueva resolución y declare amnistiado el delito de malversación.

En una situación similar están Oriol Junqueras, Raül Romeva y Jordi Turull, que también fueron condenados.

Puigdemont, Toni Comín y Lluís Puig se encuentran en un escenario procesal distinto porque no llegaron a ser juzgados al permanecer fuera de España. Pero la doctrina constitucional golpea el argumento que había permitido mantener vivo el reproche por malversación.

Por eso la sentencia tiene una consecuencia política inmediata incluso antes de que se firmen las resoluciones que faltan.

La orden de detención ya fue levantada

El juez Pablo Llarena levantó este martes la orden de detención nacional contra Puigdemont.

Lo hizo antes de haber recibido el texto íntegro de la sentencia del Constitucional y sin formalizar todavía la aplicación de la amnistía al delito de malversación. La resolución completa ha llegado ahora al Supremo.

Eso significa que el próximo movimiento será judicial, no retórico.

El Supremo tendrá que adaptar sus decisiones al marco fijado por el TC o articular jurídicamente cualquier nuevo desacuerdo dentro de los límites que todavía le queden.

Para Puigdemont, el resultado práctico puede acelerar un regreso a España después de años fuera del país. No existe, sin embargo, una fecha confirmada.

Cinco votos contra la mayoría

La sentencia no ha sido pacífica.

Cinco magistrados del sector conservador —Ricardo Enríquez, Enrique Arnaldo, Concepción Espejel, César Tolosa y José María Macías— han firmado un voto particular en el que cargan contra la decisión de la mayoría y sostienen que el Constitucional está entrando en un ámbito que corresponde al Supremo.

La expresión utilizada es especialmente dura: acusan a la mayoría de querer “suplantar” al alto tribunal.

Ese choque refleja algo más profundo que una discrepancia técnica.

La aplicación de la amnistía se ha convertido en uno de los principales puntos de fricción entre órganos jurisdiccionales desde que la ley fue aprobada. El Supremo ha mantenido una lectura restrictiva en varias de sus decisiones. El Constitucional ha ido corrigiendo parte de ese enfoque.

La sentencia de este martes es una de las correcciones de mayor alcance.

Un fallo judicial con efectos electorales

El calendario multiplica su trascendencia.

La decisión llega inmediatamente después del adelanto electoral y tras una legislatura marcada por la dependencia parlamentaria del Gobierno respecto a Junts. Puigdemont vuelve a ocupar el centro del tablero nacional justo cuando los partidos empiezan a construir el relato de campaña.

Ese contexto no modifica el contenido jurídico de la resolución, pero sí su impacto.

Un regreso de Puigdemont durante la precampaña sería una imagen política de primer orden. Para Junts supondría el cierre simbólico de una etapa. Para el Gobierno sería imposible desligarlo de la ley de amnistía que impulsó para sostener la investidura. Para PP y Vox reforzaría su discurso contra aquella decisión.

Pero antes de ese escenario hay un paso que no debe saltarse: el Supremo tiene que ejecutar el nuevo marco.

Ese es el hecho de hoy.

El Constitucional ya ha hablado. La sentencia ha llegado a la plaza de la Villa de París. Y el siguiente movimiento corresponde al tribunal que durante meses sostuvo una interpretación distinta.

DOSSIER DE LA PIEZAPUBLICADA
PUBLICACIÓN7 de octubre de 2026 a las 12:10
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