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El Supremo obliga a Escal, promotora del Castor, a devolver 209,7 millones al sistema gasista tras el rescate de 2014

El alto tribunal confirma la revisión de liquidaciones de la CNMC tras la anulación del decreto de compensación. La sentencia distingue la cuantía irregular del posible derecho a otra retribución legal.

Fotografía aérea real de la plataforma gasista Castor situada frente a Vinaròs, en el Mediterráneo. Fotografía real de archivo (2020); no es una imagen del hecho de octubre de 2026.

Fotografía aérea real de la plataforma gasista Castor situada frente a Vinaròs, en el Mediterráneo. FOTO DE ARCHIVO (2020); no reproduce los hechos de la jornada.

Imagen: AlbertoDV / Wikimedia CommonsVer fuente original
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HALLAZGOS PRINCIPALES

  • Una sentencia del Tribunal Supremo de 22 de septiembre, divulgada el 19 de octubre, confirmó la devolución de 209,7 millones por liquidaciones a Escal vinculadas al Castor.
  • La CNMC había revisado las cantidades después de que el Tribunal Constitucional anulara la base normativa empleada para la compensación.
  • La decisión distingue la cuantificación de retribuciones efectuada bajo una norma inválida del posible derecho a otras compensaciones conforme al régimen aplicable.

QUÉ SABEMOS

  • Una sentencia del Tribunal Supremo de 22 de septiembre, divulgada el 19 de octubre, confirmó la devolución de 209,7 millones por liquidaciones a Escal vinculadas al Castor.
  • La CNMC había revisado las cantidades después de que el Tribunal Constitucional anulara la base normativa empleada para la compensación.
  • La decisión distingue la cuantificación de retribuciones efectuada bajo una norma inválida del posible derecho a otras compensaciones conforme al régimen aplicable.

QUÉ NO SABEMOS

  • Recuperación efectiva de todas las cantidades en fase ejecutiva y efectos del concurso de acreedores de la sociedad.
  • Otras reclamaciones o litigios económicos aún pendientes sobre el proyecto Castor.
  • Importes finalmente repercutidos, recuperados o compensados en futuras liquidaciones del sistema gasista.

ECONOMÍA / TRIBUNALES | MADRID / VINARÒS, 20 DE OCTUBRE DE 2026. El Tribunal Supremo ha confirmado que Escal UGS, empresa promotora del frustrado almacén de gas Castor y participada mayoritariamente por ACS, debe devolver 209,7 millones de euros al sistema gasista español. La sentencia, fechada el 22 de septiembre y conocida públicamente el lunes 19 de octubre, respalda la revisión de liquidaciones acordada por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) tras la declaración de inconstitucionalidad del sistema de compensación aprobado en 2014.

El origen: un almacén submarino paralizado

El proyecto Castor pretendía almacenar gas en un antiguo yacimiento bajo el Mediterráneo, frente a Vinaròs, con instalaciones offshore y terrestres. Su puesta en marcha quedó paralizada en 2013 tras numerosos episodios de microsismicidad vinculados a la inyección de gas, y acabó convertido en un complejo problema de seguridad, financiación y litigios.

En octubre de 2014, el Gobierno aprobó un mecanismo que reconocía a la promotora aproximadamente 1.350 millones de euros de compensación, con costes que se cargarían al sistema gasista. El Tribunal Constitucional cuestionó la utilización de la vía de decreto-ley por falta de justificación suficiente de su urgencia.

Qué ha decidido el Supremo

Según Cinco Días, la Sala de lo Contencioso-Administrativo ha desestimado el recurso de Escal y avala tanto la revisión de oficio de la CNMC en 2019 como el criterio expresado por la Audiencia Nacional en julio de 2023.

El supervisor reclamó alrededor de 195 millones de euros por determinadas liquidaciones financieras. Incorporando intereses, la suma se sitúa en 209,7 millones. Es importante no confundir esa cantidad con los 1.350 millones del esquema inicial del rescate: son conceptos y decisiones distintos.

Por qué se revisan actos que antes fueron aprobados

El núcleo del razonamiento es que las liquidaciones discutidas estaban calculadas sobre una norma posteriormente declarada inconstitucional, por lo que la CNMC podía examinarlas y retirar la concreta cuantificación carente de cobertura legal.

El Supremo, de acuerdo con la noticia, advierte además que la invalidez de una cuantía determinada no destruye automáticamente cualquier posible derecho de Escal a percibir remuneración conforme a otra base jurídica válida. La sentencia no debe resumirse como que la compañía carece de todos los derechos ni como que se ha recuperado ya físicamente todo el dinero.

ACS, bancos y usuarios del gas

Escal está participada por ACS en aproximadamente el 66,7%, según las informaciones mercantiles citadas, y se encuentra en concurso de acreedores desde 2019. Santander, CaixaBank y Bankia participaron en estructuras de financiación y cesión de derechos de cobro relacionados con la compensación original.

La reclamación de fondos incide en la protección de los usuarios del gas y en la seguridad jurídica de las decisiones regulatorias. Sin embargo, habrá que investigar la situación concursal, la ejecución efectiva del fallo y cualquier litigio adicional antes de calcular un ahorro real de 209,7 millones para los consumidores.

El cierre técnico del almacenamiento

Enagás anunció a comienzos de octubre que había concluido el sellado de los 13 pozos de Castor, con mecanismos destinados al abandono definitivo. Este avance material y la sentencia de devolución son procesos diferentes: el primero afronta la seguridad del subsuelo y el segundo las consecuencias económicas y jurídicas.

Preguntas que quedan abiertas

¿Cuánto dinero se ha podido recuperar? ¿Qué pagos podrían reclamarse aún? ¿Cuál es el saldo definitivo del sistema gasista y quién soportará las costas judiciales? ¿Qué repercusiones tendrá la decisión para futuros proyectos energéticos indemnizados por interrupciones?

La investigación no debe confundir responsabilidad política por aprobar un marco de compensación, responsabilidad jurídica de una compañía y efectos financieros sobre los consumidores.

Fuentes: Cinco Días, 19/10: resolución y cantidades · CNMC · Tribunal Constitucional.

Fotografía: imagen aérea real de la plataforma Castor, obtenida antes de la sentencia y distribuida con licencia CC0.

DOSSIER DE LA PIEZAACTUALIZADA
PUBLICACIÓN20 de octubre de 2026 a las 10:25
ÚLTIMA REVISIÓN20 de octubre de 2026 a las 10:47
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